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Tres sentencias estiman los recursos contra la resolución de abril de 2013 presentados por los sindicatos CCOO, STEI y UGT
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha dictado hoy tres sentencias que estiman los recursos presentados por los sindicatos CCOO, STEI y UGT y declaran nulo del Decreto del Consell de Govern, de 19 de abril de 2013, por el que se regula el tratamiento integrado de lenguas (TIL) en los centros docentes no universitarios de les Illes Balears, así como también la instrucción del secretario autonómico de Educació, Cultura y Universitat que aplicaba el citado Decreto.
Las sentencias no son firmes. Cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
Las tres resoluciones analizan los motivos expuestos por los recurrentes, basando su estimación de los recursos en dos motivos principalmente. Por un lado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo cree que el Govern incumplió el trámite obligado de informe de la Universitat de les Illes Balears. “Si el Estatuto contempla para la Universidad una función asesora del Govern en todo lo relativo a la lengua catalana, no puede obviarse su intervención en esa materia y por lo tanto en esa materia, sus informes son preceptivos”, señala una de las sentencias.
Asimismo, la Sala concluye que el Decreto 15/2013 (ahora anulado) infringe la Ley balear 4/2011 de buena administración y de buen gobierno, que, en relación a los anteproyectos de ley, exige una evaluación previa, concretada en la memoria del análisis del impacto normativo, que considera insuficiente.