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La Ley prevé que la decisión definitiva la adopte una sala formada por magistrados del Tribunal Superior de Justícia
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma dará un plazo común de tres días a todas las partes personadas en el trámite de los recursos al auto de procedimiento abreviado del caso Nóos para que se pronuncien sobre la petición de recusación del ponente Diego Gómez-Reino y la magistrada de la Sección Mónica de la Serna registrada hoy por la acusación popular de Manos Limpias.
Este es el trámite ordinario previsto por la Ley Orgánica del Poder Judicial para este tipo de peticiones. Seguidamente, se dará traslado a los dos magistrados recusados para que se pronuncien sobre la petición. En caso de que estos la rechazasen, se remitiría el incidente de recusación al presidente de la Audiencia de Palma. En ese momento, la Ley prevé que los dos magistrados recusados sean apartados de la causa, hasta que se adopte una decisión definitiva.
El presidente de la Audiencia de Palma, una vez recibido el incidente de recusación, nombrará un magistrado instructor del mismo, entre los magistrados de dicha Audiencia (que no pertenezcan a la Sección Segunda).
Concluida la instrucción, el incidente se remite a una sala del Tribunal Superior de Justícia de les Illes Balears que, según establece el artículo 77 de la Ley Orgánica, estará formada por el presidente del Tribunal, los presidentes de Sala y el magistrado más moderno de cada una de las salas, que adoptará una decisión definitiva.