Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Desestima los recursos del Ministerio fiscal y confirma íntegramente la resolución del Juzgado Penal número 6 de Palma
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha dictado hoy una sentencia que desestima los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio fiscal y confirma la resolución del Juzgado Penal número 6 de Palma, que condenaba a la secretaria general de CCOO en Balears como autora de un delito de coacciones a una pena de 14 meses de multa, con cuota diaria de 6 euros, y de un delito de daños a 8 meses de multa, con cuota diaria de 6 euros, por unos hechos ocurridos durante la huelga general del 29 de marzo de 2012.
Katiana Vicens fue absuelta por Penal 6 del delito contra los derechos de los trabajadores, por coacción a la huelga, del que había sido acusada, decisión que ahora es ratificada.
Según los hechos probados ahora confirmados, a primera hora de la mañana del 29 de marzo de 2012 Katiana Vicens, en la estación intermodal de Palma, se dirigió al conductor de un autobús para que se sumara a la huelga, arrancando el cartel de “servicios mínimos” del vehículo. Ello provocó que se fracturase la luna delantera del autobús.