Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Desestima el recurso contencioso-administrativo presentado por la promotora contra la administración autonómica
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha desestimado el recurso presentado por la promotora del centro comercial de Palma en la zona de ses Fontanelles y ha confirmado la denegación de la licencia por parte de la administración autonómica.
En una sentencia notificada hoy, la Sala considera que el acto administrativo impugnado, adoptado el 24 de noviembre de 2014, se adecua al ordenamiento jurídico.
Según la sentencia, en el momento en que se solicitó la licencia (agosto de 2014) y cuando el Govern la denegó, el desarrollo urbanístico del suelo no permitía su ejecución. La Sala recuerda que la administración tiene la potestad de conceder o denegar una licencia de estas características.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.