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La resolución contiene dos votos particulares
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha dictado un auto en el que declara la inadmisibilidad de la petición de autorización de medidas sanitarias presentada por el Gobierno Balear posteriores al levantamiento del estado de alarma.
Los magistrados consideran que el Consell de Govern no ha aprobado estas medidas en el momento de efectuarse la solicitud a la Sala y por tanto no se cumple el requisito objetivo previsto en la norma procesal, porque tiene que tratarse de medidas ya adoptadas por el órgano que corresponda, teniendo en cuenta el artículo 10.8 de la LJCA.
La resolución contiene dos votos particulares.