Condenado a siete años de prisión por matar a un ladrón que entró a robar marihuana en su finca

El procesado deberá indemnizar a los familiares de la víctima con 157.875,5 euros

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Comunicación Poder Judicial

El magistrado-presidente del Tribunal del Jurado ha dictado una sentencia en la que condena a S.M.G. a siete años de prisión por matar a un ladrón que entró a robar marihuana en su finca en septiembre del año 2020, en Inca (Mallorca). Según la sentencia, el procesado deberá indemnizar a los familiares de la víctima con 157.875,5 euros. El magistrado le impone dicha pena después de que el Tribunal del Jurado emitiera un veredicto de culpabilidad y le considerara autor de un delito de homicidio. Los miembros del Jurado descartaron el asesinato al no apreciar ensañamiento ni alevosía en los hechos probados.

La resolución también condena a los acusados de asaltar la finca, a D.L.S., A.A.F. y J.J.C.R. a un año de prisión por un delito de robo en casa habitada en grado de tentativa. De acuerdo con la decisión del Jurado, se pusieron de acuerdo para perpetrar el robo, lo planearon y lo perpetuaron resultando fallecido uno de ellos.

“Es claro igualmente que la conducta enjuiciada, en los términos declarados probados por el Jurado, por residencia en el miedo descrito, integra la atenuación de responsabilidad postulada por la defensa del acusado S.M.G., aunque, sin embargo, la confesión también apreciada por el Jurado podría confrontar con el hecho de haber sido refutado en el acto plenario el homicidio imputado, por el que finalmente ha recaído veredicto de culpabilidad” señala el magistrado. Teniendo en cuenta lo acreditado por el Jurado “exige imponer la pena en su mitad inferior, procediendo concretarla en la pena de prisión de siete años de duración”. Según la resolución, el propio Jurado razona que el acusado “no declaró con claridad sobre determinados puntos, como por ejemplo, el arma empleada, no obstante lo cual los Guardias Civiles XXXX y XXXX manifestaron que S. tuvo una actitud colaboradora y él mismo enseñó la finca y proporcionó la ropa”.

La sentencia no es firme, cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.