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Los juzgados de instrucción de las islas han ingresado desde 1996 un total de 257 casos, una media de 25,9 por cada 100.000 habitantes
Los juzgados de instrucción de Balears han ingresado desde el año 1996, en que concluyó de manera definitiva la implantación de la Ley del Jurado de la que en 2015 se cumplen 20 años, 257 casos. Esta cifra supone una media de 25,9 casos por cada 100.000 habitantes, por encima de la media nacional, situada en 23,5 casos.
Así lo revelan los datos que la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial ha reunido en el informe número 40 de la serie Datos de Justicia que acaba de ser publicado en la página web www.poderjudicial.es.
Desde 1996 y hasta 2014 han tenido entrada en todo el estado en los Juzgados de Instrucción y de Primera Instancia e Instrucción –y desde 2005 también en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer- un total de 10.407 procedimientos de Ley de Jurado.
Los tribunales del jurado de la Audiencia Provincial balear han dictado en este periodo 156 sentencias, un 94,2 por ciento de las cuales (147) han sido condenatorias, porcentaje también superior a la media estatal (89,2 por ciento).
En España, el Tribunal del Jurado se compone de 9 ciudadanos legos en Derecho que emiten el veredicto de culpabilidad o no culpabilidad, mientras que el juez profesional que lo preside es quien dicta la sentencia. Para emitir un veredicto de culpabilidad son necesarios al menos siete de los nueve votos del jurado, mientras que para el de no culpabilidad solo hacen falta cinco.
El informe revela también que, en los últimos veinte años, los Tribunales Superiores de Justicia han estimado el 28,3 % de los recursos de apelación presentados contra las sentencias del Tribunal del Jurado.
Además, entre 1999 y 2014 han ingresado en el Tribunal Supremo un total de 1.340 recursos de casación de Ley del Jurado. Aunque la Estadística Judicial no ofrece el detalle de las sentencias que resuelven esos recursos, el análisis de las de los últimos tres años indica que hubo un 23,4 % de revocaciones, un 71,6 % de confirmaciones y un 4,3 % de anulaciones. La mayoría de las revocaciones son parciales, por lo que no significa que se cambie el sentido de la sentencia.