Veredicto de culpabilidad contra el hombre acusado de matar a un ladrón que entró a robar marihuana en su finca

El Jurado le considera autor de un delito de homicidio y descarta el asesinato al no apreciar ensañamiento ni alevosía en los hechos considerados probados

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Tribunal del Jurado ha emitido un veredicto de culpabilidad contra S.M.G. acusado por la Fiscalía de un delito de homicidio; y contra D.L.S., A.A.F. y J.J.C.R. acusados por un delito de robo con fuerza en grado de tentativa.

El Jurado considera que el acusado S.M.G. cometió un homicidio pero no un asesinato. Los miembros del Jurado no aprecian ensañamiento, ni alevosía en los hechos que consideran probados en el plenario. Tampoco han decretado que actuara en defensa propia pero sí con un miedo insuperable incompleto.

Según el veredicto, la víctima no se introdujo en la vivienda de su agresor, los asaltantes querían robar las plantas de marihuana. De acuerdo con el Jurado, S.M.G. “tras oír a sus perros y salir de casa, podría haber regresado, encerrarse para proteger su integridad y la de su familia y después llamar a la Policía, no había necesidad de ataque y además este fue muy violento”.

Los miembros del Jurado no aprecian que S.M.G. actuara en defensa propia. No obstante, el Jurado considera que el acusado debería haberse refugiado en la vivienda pero al no hacerlo y haberse enfrontado él solo a la víctima, tras verlo escondido detrás de un árbol al atardecer sin saber sus intenciones, pudo haber desarrollado una sensación de miedo que pudo afectar a su capacidad de decisión y actuación.

El Jurado considera probado que el acusado colaboró y confesó los hechos, a pesar de que no lo hiciera con claridad respecto a la arma empleada.  

Por otra parte, el Jurado considera que S.M.G. no tenía alterada la consciencia de la realidad el día de los hechos por su falta de visión.  

Los miembros del Jurado señalan que el resto de los acusados se pusieron de acuerdo para perpetrar el robo, lo planearon y lo perpetuaron resultando fallecido uno de ellos.  Por lo que les consideran autores de un delito de robo con fuerza en grado de tentativa.

El Jurado no se ha mostrado favorable al indulto de ninguno de los procesados. Una vez terminada la lectura del veredicto, el Ministerio Fiscal ha modificado su escrito de calificación. El Fiscal ha introducido la eximente incompleta de miedo insuperable y la atenuante analógica de confesión que ha apreciado el Jurado por lo que ha solicitado una pena de 6 años de prisión para S.M.G. La Fiscalía también ha introducido la circunstancia atenuante analógica de toxifrenia referente a D.L.S. para el que ha pedido una pena de un año y un día de prisión. Por otra parte, el Fiscal ha pedido para los otros dos acusados una pena de un año y cinco meses de prisión.

El representante de la acusación particular ya ha anunciado que interpondrá recurso y ha solicitado una pena de 7 años y seis meses de prisión para el principal acusado. Por otra parte, las defensas han pedido la pena mínima para sus representados.

El magistrado presidente del Tribunal de Jurado dictará sentencia los próximos días.