El jurado declara culpable a la acusada de incendiar una vivienda y provocar la muerte de un anciano enfermo mientras dormía en Eivissa
Considera probado que la procesada mantenía una relación sentimental con el hijo de la víctima, conocía el inmueble al que accedió con una llave de noche y aseguró el resultado letal buscado sin asumir riesgo propio. Además, señala que la mujer del fallecido que padecía una demencia pudo escapar de las llamas con la ayuda de su cuidadora, pero el fallecido que estaba enfermo y tenía muy poca movilidad no pudo salvarse
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- Comunicación Poder Judicial
El Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Balears ha emitido un veredicto de culpabilidad contra I.C.N. acusada por el Ministerio Fiscal de provocar un incendio que acabó con la vida de un hombre de 77 años en Eivissa en 2023. Los miembros del Jurado han considerado probado que la procesada conocía previamente la vivienda a la que accedió con una llave, por haber mantenido una relación sentimental con el hijo del matrimonio que se encontraba durmiendo cuando sucedieron los hechos y por haberlos cuidado con anterioridad. Según el jurado, la acusada prendió fuego al sofá del salón con la intención de que las llamas se propagaran por toda la casa “y con ellas causar la muerte del señor; o al menos sabiendo que dicha muerte podría producirse como consecuencia altamente probable de su conducta”. Los miembros del Jurado han señalado que la procesada realizó dicho hecho aprovechando que estaban dormidos con intención de asegurar el resultado letal buscado sin asumir riesgo propio y sin que pudieran escapar del fuego.
El jurado considera probado que el fallecido era una persona especialmente desvalida y dependiente debido a sus enfermedades y su falta de movilidad, por lo que necesitaba asistencia de una tercera persona. Según los miembros del Jurado la víctima pidió auxilio pero no pudo escapar de las llamas, no obstante su mujer y la cuidadora que les acompañaba sí que pudieron salir de la vivienda.
En definitiva, el jurado por unanimidad considera a I.C.N. culpable de haber causado intencionadamente la muerte de una persona especialmente vulnerable a causa de su enfermedad, asegurando su acción “lo que impidió cualquier posibilidad de defensa”. Por lo que también consideran probado que la procesada provocó de manera intencionada el incendio que supuso un peligro para la vida de las personas que se encontraban durmiendo en el interior.
Por otra parte, el jurado considera que la acusada padece un trastorno esquizoafectivo. No obstante, el Jurado apunta que en el momento de los hechos sus capacidades no estaban completamente anuladas.
Los miembros del jurado no se muestran favorables al indulto; pero sí de que se estudie la posibilidad de suspensión de la pena privativa de libertad o medidas alternativas, en el caso que concurran los requisitos legales.
Una vez escuchado el veredicto, el Ministerio Fiscal y el abogado de la acusación particular han mantenido su petición de la pena de prisión permanente revisable por un delito de asesinato en concurso de normas con un delito de incendio. Por su parte, la defensa se ha opuesto. El abogado de la procesada ha adelantado que recurrirá la decisión y ha pedido que se tenga en cuenta la atenuante apreciada por el Jurado en relación con una posible suspensión de la pena o la aplicación de una medida alternativa al centro penitenciario.
La magistrada presidenta del Tribunal del Jurado dictará sentencia los próximos días.