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La Sala considera que “no se aprecian causas que justifiquen la anulación producida”
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha notificado un auto en el que estima el recurso de apelación interpuesto por la defensa de P.R.L y M.R.V. contra el auto en el que se declaró la nulidad del objeto de veredicto correspondiente al Jurado 6/22, referente al juicio por el robo con violencia en casa habitada que acabó con la vida de uno de los atracadores en Porreras (Mallorca). El Tribunal revoca la declaración de nulidad del objeto de veredicto. La Sala considera que “no se aprecian causas que justifiquen la anulación producida”.
Los magistrados señalan que “las consecuencias jurídicas del pronunciamiento absolutorio o condenatorio no derivan propiamente del veredicto, sino de la sentencia a la que aquél sirve de soporte”. El Tribunal apunta que “sobre cuál pueda o deba ser el pronunciamiento a emitir en la sentencia pendiente no podemos prejuzgar”.
Por tanto, la magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado deberá dictar sentencia contra J.A.S.L y M.R.V. acusados por el Ministerio Fiscal de un delito de robo con violencia en casa habitada; a F.E.B. de un delito de robo con violencia y un delito de lesiones; y a P.R.L. de un delito de homicidio.