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La magistrada subraya que durante los 23 años que permaneció en su puesto de trabajo, no consta “que se haya incoado frente a ella ningún tipo de expediente de carácter disciplinario o se le haya realizado algún apercibimiento”
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Lugo ha declarado nulo el cese de la jefa de Personal del Ayuntamiento de Lugo y ha ordenado su readmisión. La magistrada indica en la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación, que no ha resultado acreditado que la funcionaria “incumpliera las obligaciones derivadas de su cargo y, en concreto, que haya dejado de tener la capacidad necesaria por haber incumplido de forma manifiestamente deficiente, ineficaz, descuidada o negligente las obligaciones que le incumbían”.
La jueza entiende que la decisión, adoptada por la Junta de Gobierno Local en enero de 2020, no es ajustada a derecho “por no haber quedado acreditado, ni siquiera mínimamente, el incumplimiento inadecuado de las funciones, tareas y deberes propios del cargo” que ostentaba la recurrente. La magistrada subraya que durante los 23 años que permaneció en su puesto de trabajo, no consta “que se haya incoado frente a ella ningún tipo de expediente de carácter disciplinario o se le haya realizado algún apercibimiento”.
“Todas las críticas que se efectúan respecto de informes inconclusos o confusos o incompletos, los cambios injustificados de criterio, así como la omisión de propuestas o propuestas carentes del necesario rigor jurídico, no aparecen avalados por prueba alguna desde el momento en que no se dispone de tales informes o propuestas, o no se concretan cuáles han sido esas propuestas que la actora debería haber omitido y no lo ha hecho”, destaca la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Lugo, quien concluye que la resolución del Ayuntamiento se ha fundamentado “en valoraciones eminentemente subjetivas”.
La jueza asegura que se pretende “trasladar a la funcionaria demandante la responsabilidad respecto de decisiones adoptadas por los órganos con competencia para ello”, por lo que entiende que se infringieron “los más elementales principios de responsabilidad y culpabilidad”.