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La juez entiende que no se ha aportado "un solo dato o hecho que tenga una base indiciaria suficiente para la apertura de un proceso de carácter penal"
El Juzgado de Instrucción número 1 de Cangas ha decretado hoy el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones relacionadas con la existencia de fallecidos por COVID-19 en un centro residencial de personas mayores. En la denuncia presentada, según indica la juez, “no aparecen indicios suficientes de la perpetración de delito”, pues “solo refiere la existencia de datos ya conocidos, publicados tanto por la administración como por los medios de comunicación, sin que se aporten datos o hechos concretos”.La falta de concreción en la denuncia, por tanto, ha determinado que la instructora no aprecie indicios de delito.
Además, en el auto se recuerda que los enfermos y residentes han estado sometidos a control médico, sin que en ningún momento el personal sanitario haya puesto en conocimiento de la autoridad judicial la existencia de sospechas de malos tratos.
En la denuncia, según la instructora, se realiza una recopilación sobre la falta de medios materiales y personales en el centro residencial. La juez indica que esa afectación se ha producido “en todos los ámbitos médicos y asistenciales, no solamente en las residencias de mayores, sino en el conjunto de la sociedad", pero entiende que ello, por sí solo, no supone la existencia de una carga indiciaria que permita la imputación de delitos a personas concretas. "Ni un solo dato o hecho se aporta que tenga una base indiciaria suficiente para la apertura de un proceso de carácter penal", concluye.