Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Las pruebas tenidas en cuenta por el jurado, según la Audiencia, permiten “inferir de manera clara y contundente” que el acusado disparó en tres ocasiones a la víctima “de manera súbita e inesperada”
La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, de acuerdo con el veredicto del tribunal del jurado, ha condenado a 26 años y medio de cárcel y a diez años de libertad vigilada al hombre que asesinó a su mujer en Cabana de Bergantiños. Así, lo sentenció a 24 años de prisión por el delito de asesinato, concurriendo las agravantes de género y de parentesco, y a dos años y medio de cárcel por el delito de tenencia ilícita de armas. Además, le impuso la prohibición de comunicarse y acercarse a menos de 500 metros de sus dos hijos, de la madre y de los tres hermanos de la víctima durante 27 años.
Las pruebas tenidas en cuenta por el jurado, según la Audiencia, permiten “inferir de manera clara y contundente” que el acusado disparó en tres ocasiones a la víctima “de manera súbita e inesperada”, por lo que no pudo defenderse. “El carácter sorpresivo de la agresión es lo que suprime la posibilidad de defensa, puesto que quien no espera el ataque difícilmente puede prepararse contra él y reaccionar, en la medida de lo posible”, subraya la Audiencia.
El tribunal del jurado también consideró probado por unanimidad que el acusado maltrataba psicológicamente de manera habitual a su esposa y, en ocasiones, físicamente, así como que “la menospreciaba y ninguneaba, ejerciendo un control sobre ella”.