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El TS ordenó que la ejecución de la sentencia se lleve a cabo “mediante la demolición de las obras de rehabilitación ejecutadas al amparo de la licencia municipal anulada”, “para que el edificio en cuestión quede en la situación que se encontraba antes del otorgamiento” del mencionado permiso
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (Sección 2ª) ha desestimado el incidente de inejecución presentado por el Concello de A Coruña con respecto a la sentencia sobre el edificio Conde de Fenosa dictada por la Sala en diciembre de 2001.
Los magistrados concluyen que la resolución dictada por el Tribunal Supremo en marzo de este año anula unos autos de la propia Sala del TSXG que respaldaban unas actuaciones del Ayuntamiento que culminaron con el acuerdo de su Junta de Gobierno de 23 de octubre del año pasado, “y ordena que la ejecución de la sentencia se realice de una forma muy concreta, lo que es incompatible con la declaración de que es inejecutable” que el Concello interesaba.
El Tribunal Supremo ordenó que la ejecución de la sentencia se lleve a cabo “mediante la demolición de las obras de rehabilitación ejecutadas al amparo de la licencia municipal anulada”, “para que el edificio en cuestión quede en la situación que se encontraba antes del otorgamiento” del mencionado permiso.