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Para el alto tribunal gallego, existe “prueba de cargo” suficiente para considerar culpable al sospechoso, al tiempo que hace referencia a la “evidencia reveladora de la grabación videográfica de los hechos, netamente incriminatoria”
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de dos años de cárcel que la Audiencia Provincial de Pontevedra le impuso a un acusado de abusar sexualmente de una menor de nueve años amiga de sus nietas cuando se encontraba en la terraza de su vivienda, situada en Sanxenxo. El alto tribunal gallego subraya que existe “prueba de cargo” suficiente para considerar culpable al sospechoso, al tiempo que hace referencia a la “evidencia reveladora de la grabación videográfica de los hechos, netamente incriminatoria”.
La Sala entiende, a diferencia del recurrente, que la acción del acusado “careció de levedad y contuvo una persistencia tendente a satisfacer su deseo sexual a costa de la menor”. Los magistrados coinciden en que los contactos y tocamientos acreditados tienen “un obvio sentido sexual, sin que la brevedad de su duración haga perder su carácter de ataque a la libertad y a la integridad sexual de la menor”. Además, recuerdan que es “indiferente” que la acción en sí afecte “en mayor o menor medida a la víctima”, pues lo decisivo es que se trate “de un acto de carácter sexual”.