Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
La sentencia le condena a la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de siete años
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un hombre a cuatro años de prisión por un delito de depósito de armas de guerra. A la hora de fijar la pena, el tribunal ha tenido en cuenta la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante de haber confesado la infracción a las autoridades.
El acusado tenía en su domicilio un arsenal compuesto de armas de distinta clase (de guerra, de armas de fuego reglamentadas, de armas prohibidas y munición).
Para la Sala ha quedado probado que el acusado “carecía de licencia para el uso de todas las armas: escopeta, pistolas, revólver, cartuchos y puñales indicados, así como de la guía de pertenencia, careciendo igualmente del libro de coleccionista, no obstante saber perfectamente que es necesaria tal licencia y guía, o libro de coleccionista para su tenencia”.
Además de la pena de prisión, la sentencia le condena a la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de siete años.