Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El presidente del tribunal indica en la sentencia que el jurado consideró probado que el acusado le propinó a la víctima patadas y puñetazos “de forma voluntaria y siendo consciente de que tales golpes podían causarle la muerte”
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, ha condenado a 17 años de cárcel, como autor de un delito de homicidio, al hombre que en marzo de 2018 mató a golpes a su padre, de 79 años, en Monterroso (Lugo). La Audiencia, que tuvo en cuenta la agravante de parentesco, también le impuso cinco años de libertad vigilada y el abono de una indemnización de 2.500 euros a su hijo, nieto del fallecido, por el daño moral que le causó.
El presidente del tribunal indica en la sentencia que el jurado consideró probado que el acusado le propinó a la víctima patadas y puñetazos “de forma voluntaria y siendo consciente de que tales golpes podían causarle la muerte”. El condenado, según el fallo, le pegó a su padre “un número indeterminado, pero considerable, de patadas en la cabeza, cuando ya estaba en el suelo”. El tribunal del jurado basa estas conclusiones en las pruebas practicadas y, en particular, en el testimonio del médico forense, quien excluyó la posibilidad de que el fallecido hubiese recibido un golpe fortuito aislado, como indicó el acusado.
El jurado llegó a la convicción de que el sospechoso carecía de intención previa de acabar con la vida de su padre, pero consideró que debía de ser consciente de que propinándole golpes con los puños y dándole patadas en todo el cuerpo y en la cabeza podía matarlo. Además, tuvo en cuenta el testimonio de la psicóloga del Imelga para considerar acreditado que el condenado, en el momento de los hechos, era “consciente de sus actos”, pese a haber ingerido alcohol.