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Las magistradas tienen en cuenta “la importancia del perjuicio, el quebranto ocasionado a la afectada y la peligrosidad del acusado, atendido el modus operandi”
La Audiencia Provincial de Ourense condena a cuatro años de cárcel a un estafador que se hizo pasar por un profesional del sector odontológico, prometiéndole a la víctima una participación en una clínica de Ponferrada de la que aseguraba ser socio a cambio de adelantos económicos.
El tribunal considera probado en la sentencia que el acusado, a lo largo de la relación que mantuvo con la mujer, a la que conoció a través de Facebook, le solicitó un total de 160.000 euros bajo diversas excusas, incluyendo problemas económicos y de salud, y utilizando documentos falsificados para dar apariencia de veracidad a sus promesas.
Además de la pena de prisión, le impone una multa de 2.400 euros, así como la devolución a la perjudicada de los 160.000 euros que le entregó y el pago de una indemnización de 4.000 euros por el daño moral que le causó.
Las magistradas indican que, a la hora de fijar la condena por un delito de estafa, con la agravante de reincidencia, tienen en cuenta “la importancia del perjuicio, el quebranto ocasionado a la perjudicada y la peligrosidad del acusado, atendido el modus operandi”.
La sala, tras valorar las pruebas, incluidas las declaraciones de la víctima y los documentos firmados por el acusado, concluye que existió un engaño suficiente que llevó a la afectada a actuar bajo una falsa presuposición. Los documentos, según señala el tribunal, “corroboran la declaración de la perjudicada y ponen de manifiesto el engaño tramado para vencer la natural resistencia de aquella, teniendo todos ellos en común simular una solvencia económica y credibilidad de la que el acusado carecía”.
La sentencia no es firme, pues puede ser recurrida ante el TSXG.