El TSXG anula creación de tres plazas de funcionario en el Concello de Santiago

Se trata de los puestos de secretario, interventor y tesorero, todos de apoyo

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Comunicación Poder Judicial

La sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha estimado el recurso interpuesto por varios ediles socialistas contra el acuerdo del Concello de Santiago de modificar el cuatro de personal en el año 2011. El Gobierno local decidió ampliar su plantilla en tres plazas, con la incorporación de un nuevo secretario, interventor y tesorero, todos ellos de apoyo.

La sentencia concluye que cuando se aprobó el acuerdo, en febrero de 2012, ya había entrado en vigor una Ley estatal que impedía a las administraciones públicas la contratación de personal. 

Destaca el fallo la “injustificada premura con la que se puso en marcha el procedimiento dirigido al incremento de la plantilla, sin esperar siquiera a que los puestos correspondientes a las plazas creadas se reflejasen en la RPT, urgencia que parece apuntar más a la inminente aprobación de lo que constituiría el Real Decreto Ley 20/2011 que a cualquier otra consideración, en tanto en cuanto su entrada en vigor podía entrañar un obstáculo para llevar a cabo el objetivo de creación de las plazas de secretario, interventor y tesorero”.

Para la Sala, “resulta evidente que con la ampliación de la plantilla aprobada se está vulnerando dicha norma, porque se ha incrementado la plantilla de personal al figurar tres plazas por cada una de las funciones típicas de los habilitados nacionales donde anteriormente sólo había dos, haciendo factible así la incorporación de tres nuevas personas como Secretario de Pleno, Interventor y Tesorero, aunque inmediatamente sólo se cubrieran los dos primeros.

Por tanto, resulta evidente que con el incremento de plantilla acordado ha tenido lugar la incorporación de nuevo personal, que es precisamente lo que se prohíbe en aquel artículo 3 del RDLey 20/2011”. En este sentido, la Sala falla en sentido contrario al expresado en su informe al respecto por el Director Xeral de Administración Local.

Destacan también los magistrados que ninguna referencia se contenía a que la carga de trabajo no pudiera ser acometida por los seis funcionarios previamente existentes ni a que no fuese posible demorar la ampliación de la plantilla hasta el ejercicio 2012, “pues no hemos de olvidar –aclaran- que aquella propuesta inicial se presentó en noviembre de 2011, es decir, cuando ya quedaba poco tiempo para finalizar el ejercicio presupuestario”.