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Con fecha de 21 de julio de 2017
Ante la cuestión suscitada en relación con el llamamiento de jueces sustitutos y la suspensión de juicios por falta de fondos suficientes para retribuirlos, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia se ve en la necesidad de recordar que tal llamamiento no obedece a criterios de oportunidad económica, sino que es la respuesta a las necesidades derivadas de un derecho fundamental, cual es la tutela judicial efectiva.
En este contexto, entiende necesario recordar, también, aunque sea algo evidente, que ningún órgano de gobierno de este Tribunal Superior puede prever durante el año judicial cuántos llamamientos de jueces sustitutos serán necesarios, por ser también imprevisibles los supuestos en que los jueces titulares en razón a enfermedades u otras circunstancias no podrán asistir a los juicios señalados. Finalmente, entiende obligatorio insistir en que los presupuestos de llamamientos a jueces sustitutos no se elaboran por este Tribunal Superior, quien tampoco puede impedir que se destinen a finalidades distintas a la retribución de dichos llamamientos.