Condenado por agresión sexual, violencia habitual contra su pareja, allanamiento, quebrantamiento de condena, exhibicionismo y vejaciones
- Autor
- Comunicación Poder Judicial
La Audiencia Provincial de Cáceres ha dictado una sentencia por la que condena a 17 años y ocho meses de cárcel a un hombre acusado de maltratar de nuevo a su pareja, quien sufría la patología relacionada con el ciclo de la violencia de género y no llegó a declarar contra él en el juicio. Además, amenazó y se masturbó ante una menor de edad, hija de la víctima.
La Audiencia considera probado que el acusado acudió el 12 de noviembre de 2011 a la residencia familiar en Plasencia donde, a pesar de tener una pena de alejamiento y prohibición de comunicarse con su pareja por una sentencia previa, abrió de una patada la puerta, pese a la negativa de la mujer a que entrara. El condenado logró permanecer en la vivienda diez días y violó a la mujer en una ocasión, con los cuatro hijos menores de edad en la habitación contigua. En ese tiempo, insultó, amenazó y se masturbó delante de la hija de 17 años a la que además amenazó con atacar a su madre si salía en su defensa.
Se adjunta la sentencia que ha tenido como ponente a la magistrada María Félix Tena Aragón y por la que el procesado ha sido condenado por los delitos de:
- Quebrantamiento de condena: pena de 11 meses de prisión, prohibición de acercamiento a su ex pareja y la entonces menor de edad, al domicilio de las mismas, a su lugar de trabajo, y a cualquier otro lugar frecuentado por ellas en un radio inferior a 500 m, y a comunicarse por cualquier medio o procedimiento con estas víctimas durante un período de 2 años y 11 meses.
- Allanamiento de morada: pena 2 años de prisión y 8 meses de multa a razón de 6 euros diarios, prohibición de acercamiento a su ex mujer y a su hija, al domicilio de las mismas, a su lugar de trabajo, y a cualquier otro lugar frecuentado por ellas en un radio inferior a 500 m, y a comunicarse por cualquier medio o procedimiento con estas víctimas durante un período de 5 años.
- Violencia habitual: pena de 2 años de prisión, alejamiento de su ex pareja y de la hija y del domicilio de estas o lugar de trabajo o cualquier otro que frecuenten en un radio inferior a los 500 m y prohibición de comunicación con las mismas por cualquier medio o procedimiento por un período de 5 años. Y la prohibición de tenencia y porte de armas durante un tiempo de 5 años.
- Agresión sexual con la concurrencia de la agravante de parentesco: pena de 10 años de prisión, prohibición de acercamiento a su ex pareja, su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro que frecuente, y prohibición de comunicación por cualquier medio con la misma durante un período de 17 años.
- Amenazas contra la menor de edad: pena de 1 año y 9 meses de prisión, alejamiento de la hija, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma en un radio inferior a 500 m, y la prohibición de comunicación por cualquier medio o procedimiento con ella lo será por un período de 6 años y 9 meses.
- Exhibicionismo: pena de 1 año de prisión, alejamiento de la hija, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma a una distancia inferior a los 500m. y la prohibición de comunicación con la misma por cualquier medio o procedimiento lo será por este delito por un tiempo 6 años.
Además, la Audiencia Provincial de Cáceres condena al procesado por una falta de vejaciones del art 620.2 del Código Penal a la pena de 9 días de localización permanente, y 6 meses de prohibición de acercamiento a la entonces menor de edad, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma en un radio inferior a los 500 m. y la prohibición de comunicación con ella por igual tiempo.