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La sentencia señala que la joven posee titulación universitaria y experiencia laboral cualificada
La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Extremadura ha desestimado un recurso interpuesto contra acuerdo de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura, y deniega la petición de renta básica a una mujer señalando que la misma es joven, sin cargas familiares, con red familiar estable y que reside en vivienda cedida por sus padres quienes, además, le cubren los gastos.
La sentencia también recoge como argumento el que la misma posee una titulación universitaria y experiencia laboral cualificada, lo que permite determinar que no se dan los requisitos que determina la ley de Extremadura de renta básica. Igualmente le impone las costas procesales del recurso.