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Tras la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del decreto de convocatoria de elecciones a la Asamblea de la Comunidad Autónoma
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, reunida en la sede del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) en Donostia/San Sebastián, ha designado hoy a los/as vocales de procedencia judicial que han de integrar las Juntas Electorales Provinciales de Cáceres y Badajoz, tras la publicación ayer en el Diario Oficial de Extremadura del decreto de disolución de la Asamblea de Extremadura y de convocatoria de elecciones para el próximo 21 de diciembre.
El artículo 10.1ª de la Ley Orgánica 10/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), establece que cada Junta Electoral Provincial estará compuesta por tres vocales, magistrados/as de la Audiencia Provincial correspondiente, designados mediante insaculación por el Consejo General del Poder Judicial.
Por su parte, el artículo 14.1 de la citada norma señala que las Juntas Electorales Provinciales y de Zona se constituyen inicialmente con los/as vocales judiciales en el tercer día siguiente a la convocatoria de elecciones.
Realizado el procedimiento de insaculación, los/as magistrados/as designados son los siguientes:
Junta Electoral Provincial de Cáceres
Magistrados/as titulares:
Magistrados/as suplentes:
Junta Electoral Provincial de Badajoz
Magistrados/as titulares:
Magistrados/as suplentes: