El TSJ de Extremadura establece los servicios esenciales de la Administración de Justicia para atender los asuntos de carácter urgente

Los ciudadanos y profesionales no deberán acudir a las sedes judiciales salvo en los casos establecidos como urgentes e inaplazables o que sean citados de forma expresa. Quedan suspendidos los plazos procesales

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de Gobierno y la Comisión de Seguimiento por el COVID-19 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en la sesión de hoy, y siguiendo los acuerdos de la Comisión Permanente del CGPJ de 13 y 14 de marzo, y el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el Estado de Alarma de nuestro país, informa que, mientras que perdure esa declaración de Estado de Alarma, o la Comisión Permanente del CGPJ tome algún otro acuerdo en este sentido: 

Extremadura, junto con todo el territorio nacional, se encuentra en situación de Escenario 3 que, a efectos judiciales, conlleva: 

1. La suspensión de las actuaciones judiciales programadas que no tengan el carácter de urgente.

2. La suspensión de plazos procesales.

3. El establecimiento de unos turnos de los órganos judiciales en todos los partidos judiciales con el fin de que el servicio público de la administración de justicia no quede desatendido en aquellas situaciones que sean urgentes.

4. La Sala de Gobierno y la Comisión de Seguimiento quieren manifestar su profundo malestar ante la falta de dotación de los medios de protección personales mínimos para todas las personas que prestan sus servicios en esos órganos judiciales de guardia, medidas que vienen siendo reclamadas desde el día 11 de marzo en que se dictó la primera Instrucción del CGPJ.

5. En el día de hoy no se ha detectado incidencia alguna reseñable en los juzgados de guardia, ni en el resto de órganos judiciales en los que se han practicado actuaciones judiciales que tuvieran el carácter de urgentes.