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Deberá indemnizar a la víctima con 300 euros y no podrá acercarse ni comunicarse con ella
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a una pena de prisión de seis meses, por un delito de agresión sexual para el que aprecia la eximente incompleta de anomalía psíquica, a un hombre que besó y chupó la boca a una niña de 12 años, hija de una familiar suya.
La Sala le impone además en la sentencia el pago de una indemnización para la víctima de 300 euros por los daños morales que sufrió a consecuencia de los hechos, así como cinco años de libertad vigilada que cumplirá con posterioridad a la pena privativa de libertad.
El condenado queda igualmente inhabilitado durante cinco años y medio para ejercer cualquier profesión u oficio sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad.
Además, no podrá acercarse a menos de 500 euros de la menor, a su domicilio, lugar de estudio o de trabajo, ni comunicarse con ella por ningún medio durante cinco años.
Los hechos ocurrieron durante la noche del 2 de abril de 2022 en la casa de una tía del encausado, en Alicante, donde éste residía, y en el que coincidió con la víctima, entonces de 12 años, que era hija de una familiar y que iba a pasar la noche en la casa junto a sus hermanas, también menores, después de haber celebrado un cumpleaños.
La sentencia considera probado que el penado, de 23 años, entró en la habitación en la que estaban las hermanas jugando a videojuegos, y se tumbó al lado de la víctima, que estaba bocarriba en la cama y con la cabeza girada a un lado.
El hombre le pidió a la menor que no le diera la espalda y que se girara. Cuando ella lo hizo, él comenzó a besarla y a chuparle la boca, sin que la niña prestara su consentimiento. La situación se prolongó durante un minuto, en el que la pequeña se quedó quieta y sin poder reaccionar.
A continuación, empujó al condenado y se fue al baño, donde se lavó la boca. Al salir del aseo, el agresor la cogió del brazo, pero ella logró soltarse, le dijo que la dejara y se fue la habitación donde dormían sus hermanas, hasta donde la siguió él para decirle que si no le gustaba lo que había pasado, “lo olvidará y ya está”.
Según determinó un informe forense incorporado a la causa, el agresor padece un retraso mental de leve a moderado que disminuye sus capacidades intelectivas y lo hace semiimputable.
La sentencia, dictada después de que las partes alcanzaran un acuerdo por el que la representación letrada del encausado y la Fiscalía se mostraran de acuerdo con los hechos, los delitos y las penas a imponer, es firme.