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Confirma la multa de 480 euros por practicar sin permiso esta modalidad de caza no selectiva
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Vinaroz que condenó a un 'paranyer' a pagar un multa de 480 euros por practicar esta modalidad de caza no selectiva sin la preceptiva autorización.
La Sala desestima el recurso interpuesto por el cazador, que fue soprendido por agentes medioambientales en 2011 en Vinaroz cazando tordos y utilizando para ello varetas impregnadas de liga sin disponer de la autorización legal específica para utilizar este método de caza. El tribunal le considera autor de un delito contra la fauna.