Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Ese incumplimiento, según el fallo, generó "un grave riesgo para la seguridad y salud" de estos facultativos
El Juzgado de lo Social número 5 de Alicante ha estimado en parte la demanda interpuesta por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) en la Comunidad Valenciana y ha condenado a la Conselleria de Sanidad Universal a suministrar y/o proveer "en cantidad y calidad suficiente" de todos los EPIs necesarios a los facultativos sanitarios de esta provincia pertenecientes a dicho sindicato (menos los que trabajan en centros sometidos a la jurisdicción de los partidos judiciales de Elche y Benidorm).
La resolución, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, establece que la Conselleria ha incumplido la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales tras la declaración de emergencia aprobada por la propia Administración autonómica el 27 de febrero de 2020 y la posterior declaración del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.
Ese incumplimiento, según el fallo, generó "un grave riesgo para la seguridad y salud" de estos facultativos "provocando su exposición directa al contagio de la enfermedad infecciosa COVID-19 causada por el coronavirus SARS-CoV-2".
La sentencia remite a los profesionales afectados a la jurisdicción Contencioso-Administrativa para solicitar en su caso la responsabilidad patrimonial por un funcionamiento anormal de la Administración.