Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Días antes de declarar ante el juez de Palma acudieron a la sede de la Fundación que contrató con Urdangarín para consultar las actas de las reuniones pero niegan haber recibido indicaciones y presiones antes de testificar
El Juzgado de Instrucción número 20 de Valencia ha sobreseido provisionalmente la causa abierta por un presunto delito contra la administración de Justicia en relación a las supuestas presiones recibidas, en fase de instrucción, por los testigos propuestos por el ex vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, acusado en el Caso Nóos cuyo juicio comenzó a celebrarse ayer en la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.
En su declaración ante el juez José Castro, titular del Juzgado de Instrucción 3 de Palma en uno de sus desplazamientos a Valencia, varios testigos, patronos todos ellos de la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau que contrató con las firmas de Inaki Urdangarín, aludieron a "supuestas reuniones habidas en la sede de la Fundación en los días previos" a su comparencia judicial, el 29 de noviembre de 2014,
El Juzgado de Palma instructor del Caso Nóos remitió entonces testimonio de estas declaraciones para que los juzgados de Valencia investigaran si los hechos eran constitutivos de delito. La causa recayó en Instrucción 20, cuyo titular ha resuelto archivar las diligencias por considerar que "no ha resultado mínimamente justificada la existencia de indicios de criminalidad para proseguir las presentes actuaciones penales por el delito contra la administración de justicia".
El juez valenciano concluye que la subdirectora de la Fundación, a instancias del director gerente, contactó con los patronos, propuestos como testigos por la defensa de Grau, para informarles de que "las actas, sobre cuyo contenido iban a prestar declaración, iban a ponerse a su disposición en la sede la Fundación un día y a una hora concreta": el 26 de noviembre, a las 19.00 horas.
En su auto, el juez explica que no existen indicios de que las supuestas llamadas que pudo efectuar la subdirectora a los patronos de la Fundación, a instancias del director gerente, "influyeran en modo alguno, ni directa o indirectamente, en la posición procesal o testimonio que las citadas personas iban a prestar, unos días después, en la Ciudad de la Justicia de Valencia y ante el Juez Instructor".
Sólo dos de esos testigos acudieron a consultar dichos documentos, pero en su declaración ante Instsrucción 20 negaron "haber recibido ni indicación, ni mucho presión o influencia alguna sobre el contenido de su posterior interrogatorio, a los efectos de modificar su posible testimonio o posición procesal en las actuaciones seguidas ante el Juzgado de Palma".