Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El juzgado abre la fase de calificación para determinar si el concurso fue culpable o fortuito al no existir bienes para liquidar
El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia ha aprobado la conclusión de la sección de liquidación del concurso de acreedores de la empresa Mediterránea Medidecons, S.L.
En la misma resolución, y al no disponer la concursada de bienes susceptibles de liquidar, el Juzgado ha ordenado la formación de la sección sexta de calificación, para determinar si el concurso fue culpable o fortuito.
La resolución no es firme y se puede recurrir en la Audiencia Provincial de Valencia.