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La Sala de Gobierno del Tribunal Superior aprueba también el plan de actuación para el juzgado de refuerzo transversal en Torrent
Los cuatro juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Requena han recuperado ya esta semana su actividad jurisdiccional ordinaria, que estaba suspendida a consecuencia de la Dana y las inundaciones posteriores que afectaron tanto a este partido judicial como a multitud de municipios de la provincia de Valencia el pasado 29 de octubre.
La Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana acordó en su sesión ordinaria del pasado miércoles, 13 de noviembre, alzar la suspensión de la actividad judicial de Requena a partir de ayer, lunes, 18 de noviembre, a petición de la juez decana de esa demarcación.
Mientras tanto, la suspensión de la actividad jurisdiccional ordinaria en los otros dos partidos judiciales más afectados por el temporal, Torrent y Catarroja, sigue en vigor.
Cada uno de los tres partidos judiciales mencionados cuentan ya con un refuerzo transversal aprobado, es decir, con un juez, un letrado de la Administración de Justicia y funcionarios.
De hecho, la Comisión de la Sala de Gobierno del Alto Tribunal valenciano ya aprobó en su sesión ordinaria del pasado 13 de noviembre el plan de actuación para ese refuerzo propuesto por la Junta de Jueces de Instrucción y de Letradas de la Administración de Justicia de Torrent.
De esta forma, el juzgado de refuerzo de Torrent tramitará los procedimientos ya incoados a causa de la Dana en los juzgados de Instrucción números 2 y 3 de la ciudad y los que se inicien como consecuencia también de la Dana a partir de ahora.
Igualmente, celebrará los juicios por delitos leves que quedaron suspendidos en los tres juzgados de Instrucción por la suspensión de la actividad judicial y las ejecutorias que se deriven de ellos, así como los delitos leves nuevos señalados en los tres órganos.
Respecto al juzgado de refuerzo transversal de Requena, la Sala de Gobierno ha tomado conocimiento del plan de actuación remitido de forma provisional por la jueza decana.
Ese plan implica, entre otras medidas, que el juzgado de refuerzo resuelva sobre 16 juicios verbales sin vista y celebre juicios civiles o penales que pudieran tener señalados cada juzgado mixto con anterioridad a la Dana.