Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Deberá indemnizar a la víctima con 10.000 euros por los daños morales que le causaron los hechos
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una pena de prisión de ocho años por dos delitos de abuso sexual a un hombre que sometió a tocamientos y otras prácticas sexuales a una menor de edad, nieta de su compañera sentimental. La sentencia le obliga a indemnizar con 10.000 euros por los daños morales a la víctima, a la que tampoco podrá acercarse ni comunicarse durante cinco años.
El primero de los abusos sucedió entre los meses de marzo y abril de 2018 cuando la menor, entonces de 11 años, y su hermano pernoctaban en la casa de su abuela, en un municipio de la provincia de Valencia.
Según el relato de hechos probados que hace la sentencia, en al menos dos ocasiones la niña se despertó con miedo durante la noche y llamó a su abuela. En lugar de ella, fue el condenado el que acudió a calmarla y aprovechó dicha situación para meterse en la cama de la niña y abusar sexualmente de ella. El episodio se repitió en una segunda ocasión antes del mes de julio del mismo año.
Según la resolución judicial, las pruebas testificales, los resultados de los informes psicológicos y, sobre todo, la declaración de la víctima, acreditan la existencia de los tocamientos por parte del acusado a la menor en dos ocasiones. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.