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Según el tribunal la actuación de la entonces alcaldesa "estuvo marcada por su arbitrariedad en el ejercicio del poder"
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación a la exalcaldesa de El Puig Luisa S.T.
El tribunal considera probado que la acusada impidió de forma arbitraria el nombramiento de una interventora en comisión de servicios que previamente ella misma había autorizado, tras unas desavenencias surgidas por las conclusiones expuestas por la funcionaria en un informe.
Así, la regidora dictó un decreto el 4 de diciembre de 2019 que invalidaba otro anterior, "sin sujetarse al procedimiento legalmente establecido, sin motivar la resolución y sin que concurriera causa objetiva que justificara la decisión", tal y como recoge la sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante el TSJCV.
Ese decreto fue declarado nulo por un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia en una sentencia de marzo de 2021.
La Sección Quinta de la Audiencia de Valencia ha concluido ahora que la actuación de la entonces alcaldesa "estuvo marcada por su arbitrariedad en el ejercicio del poder".
"Es entendible que en el ejercicio de estas funciones los funcionarios pueden resultar molestos para los gestores políticos de la Administración local, pues sus intereses en algunos determinados momentos pueden no ser coincidentes", señalan los magistrados.
"Sin embargo -añaden- la solución nunca pasa, ni por el cese del funcionario y mucho menor por el sometimiento del funcionario a los designios del cargo político correspondiente, y ello es lo que pretendió la alcaldesa en el caso debatido, esto es, que la interventora se sometiese a su voluntad y alterase el informe que iba a presentar al pleno, dado que la interventora no se avino, días después fue cesada".