Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Los hechos sucedieron en octubre de 2016 cuando la víctima, que el día anterior se se había fugado del centro en el que estaba internada, coincidió con el agresor y con otros menores en un parque de la ciudad
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a 13 años de prisión por un delito de agresión sexual a un joven que violó a una amiga con la que había coincidido en un centro de menores.
Los hechos sucedieron en octubre de 2016 cuando la víctima, que el día anterior se se había fugado del centro en el que estaba internada, coincidió con el agresor y con otros menores en un parque de la ciudad.
Ambos decidieron ir a la playa para sustraer efectos a los bañistas y, tras ello, fueron en taxi hasta Torrent, donde el condenado conocía un piso en el que podían dormir.
Ya en la vivienda, fueron a una de las habitaciones en la que la menor pensaba que iban a dormir. En la estancia, el agresor le propuso mantener relaciones sexuales, a lo que ella, menor de 16 años, se negó. Él, según recoge el relato de hechos probados, cogió un objeto punzante, se lo puso en el cuello y la forzó.
Al día siguiente, la menor regresó al centro y relató los hechos a una educadora.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luis Francisco de Jorge Mesas, concluye que “la denunciante no construyó un relato sino que narró hechos sucedidos, mientras que el acusado fue construyendo de manera incoherente y cambiante, distintos relatos incompatibles entre sí, para ocultar la realidad de lo sucedido”.
El Tribunal impone al agresor la prohibición de acercarse o comunicarse a la víctima durante quince años.