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La sentencia le obliga a indemnizar con 125.000 euros a los padres de acogida del menor. También deberá pagar una multa de 1.080 euros por simulación de delito
La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a un niño de ocho años, hijo de acogida de su compañero sentimental, en Elda, el 30 de agosto de 2017.
La sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, impone también a la condenada el pago de una multa de 1.080 euros por simulación de delito.
La resolución recoge el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado lunes, 23 de noviembre, y declara probado que la penada asfixió al pequeño utilizando la camiseta que éste llevaba a medio poner, tras abordarle “de forma repentina y por la espalda”, a fin de “evitar o disminuir notablemente” la posibilidad de que pudiera defenderse.
La autora del asesinato se aprovechó de “la diferencia de fuerza y corpulencia” entre ella y la víctima para cometer el crimen y fingió a continuación un asalto por parte de dos desconocidos en la vivienda familiar.
En concreto, según la sentencia, relató a los agentes que dos individuos ataviados con trajes de motorista y cascos en la cabeza irrumpieron en el domicilio sin su consentimiento e intentaron abusar de ella, aunque habrían desistido cuando les hizo saber que estaba embarazada.
De acuerdo con esa versión inicial de la penada, los supuestos asaltantes la golpearon, agredieron al niño y abusaron sexualmente de él. Previamente, para dar veracidad a ese relato, la mujer había bajado los pantalones y los calzoncillos al niño y le había puesto aceite corporal en los genitales.
Igualmente, ella misma se había cortado la camiseta y el sujetador que llevaba puestos, se había golpeado la cabeza con una piedra y se había atado las manos con una cuerda, al tiempo que arrojaba diversos objetos por el suelo de una de las estancias.
“De los hechos declarados probados y su calificación, la pena a imponer por el delito de asesinato necesariamente ha de ser la de prisión permanente revisable porque la víctima es menor de 16 años”, establece el fallo.
El magistrado que presidió este Tribunal del Jurado impone también a la condenada el pago de una multa de seis meses, a razón de seis euros diarios, como autora de un delito de simulación de delito.
Por último, la penada deberá indemnizar con 120.000 euros a la madre de acogida del menor y con 5.000 euros al padre de acogida, en concepto de daño moral.