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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso de apelación presentado por la exconcejal de Cultura del Ayuntamiento de Valencia, María José Alcón, contra el auto de incoación de procedimiento abreviado dictado por el juzgado de Instrucción número 1 de Mislata, por el que se procesaba a la exedil, a su madre y a sus dos hermanos por un presunto delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
La Sala considera que la resolución del Juzgado de Instrucción es “acertada y correcta” y que existen “indicios de la supuesta comisión de delito por parte de los investigados”. La Audiencia añade que “existiendo una tesis acusatorial plausible, debe permitirse a la parte o partes que la sostienen la celebración del acto del juicio, en el que se practicará con la debida contradicción y en unidad del acto la prueba que las partes propongan y estimen oportuna y resulte pertinente”. Así, concluye que los apelantes podrán reproducir en el juicio los argumentos que apuntan en el recurso.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Mislata finalizó en marzo la instrucción de la causa contra Alcón, su madre y sus dos hermanos, tras concluir que existían indicios de que delinquieron al no presentar la declaración del IRPF correspondiente al padre fallecido, cuya herencia percibieron.
En el auto que transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado, recurrido por los investigados y confirmado ahora por la Audiencia, la jueza cifró en 192.131 euros el dinero supuestamente defraudado por los cuatro (la esposa y los tres hijos del fallecido) porque “no presentaron la declaración del IRPF (…) relativa al periodo impositivo de 1 de enero de 2009 al 17 de noviembre de 2009, fecha del fallecimiento del causante de la herencia y de la firmeza de la resolución judicial que reconocía al fallecido y a su esposa el justiprecio por la expropiación” de dos fincas registrales.
Además, la magistrada consideró que “también existen indicios” de que la madre de la exedil defraudó otros 190.000 euros en la liquidación del IRPF correspondiente al ejercicio de 2009.
Tras haber tomado declaración a Alcón y a sus familiares y haber practicado pruebas documentales y testificales, la jueza consideró los hechos investigados como “penalmente relevantes” y que podrían ser constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social por lo que procedió a “la conclusión de la fase instructora por cuanto que no se aprecia la necesidad de practicar otras diligencias de investigación adicionales”.