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No obstante, la Sala ha acordado tramitar la petición de suspensión provisional por el cauce de medidas cautelares lo que implica que, antes de pronunciarse dará audiencia a la administración demandada para que haga alegaciones
La Sección 5ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha rechazado dos recursos interpuestos por alumnos de los colegios El Palmeral y La Marina de Elche, en los que solicitaban la suspensión de la jornada continua en sus centros. Los demandantes pedían que la suspensión se acordara como medida cautelarísima, esto es, sin escuchar a la parte demandada, en este caso la Conselleria de Educación.
Sin embargo, la Sala ha acordado tramitar la petición de suspensión provisional por el cauce de medidas cautelares lo que implica que, antes de pronunciarse dará audiencia a la administración demandada para que haga alegaciones.
En su recurso, los alumnos argumentan que la ejecución de la jornada continua supondría gravísimos e inminentes daños para los estudiantes de sus centros.
En su resolución, la Sala no aprecia, en este caso, las circunstancias que justificarían la adopción de medidas cautelarísimas, que se reservan para procesos en los que la urgencia se derive ‘de la naturaleza del acto y de la irreversibilidad de la situación’.