Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
La Sala desestima el recurso de la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Valencia SAU
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana ha desestimado el recurso de la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Valencia SAU contra el acuerdo del Consell de noviembre de 2020 de reversión al patrimonio de la Generalitat del conjunto inmobiliario que albergaba la sede de la Bolsa de Valencia.
Los magistrados argumentan que la mercantil que realizaba sus actividades en ese local cuyo uso fue cedido gratuitamente por la Administración autonómica en virtud de un convenio de fecha 30 de marzo de 1990 ya no es la demandante, sino "una sociedad a aquella con la que la Administración contrató".
Así, la totalidad de sus acciones fueron adquiridas en el año 2002 por la mercantil Bolsas y Mercados Españoles Sociedad Holding de Mercados y Sistemas Financieros SA y finalmente, ya en 2020, por el grupo Six Group AG.
"Esta sustitución, nunca consentida por la Administración porque la entrega del inmueble se realizó a una sociedad determinada con una finalidad concreta, a quien de manera excepcional se consintió la cesión de instalaciones en favor de la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros y a Sociedad Rectora del mercado de Futuros y Opciones sobre Cítricos SA, impide que la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Valencia SAU pueda seguir gestionando sus servicios, lo cual es causa bastante y lícita para le reversión", concluye el Tribunal.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.