El TSJ se declara no competente para instruir la causa contra Rita Barberá por no retirar símbolos franquistas

La Sala de lo Civil y Penal considera que la nueva condición de senadora de la ex alcaldesa determina que el tribunal competente para decidir sobre la denuncia es el Supremo

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha rechazado la inhibición del Juzgado de Instrucción 16 de la capital y le ha devuelto la denuncia contra la ex alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, por incumplir la Ley de Memoria Histórica al no retirar símbolos franquistas de las calles de la ciudad.

El Tribunal, de conformidad con el criterio expresado por la Fiscalía, considera que la condición de senadora que ahora tiene la ex alcaldesa, única denunciada, determina la "falta de competencia de esta Sala para pronunciarse sobre la admisión de dicha denuncia, al resultar competente la Sala Segunda del Tribunal Supremo".

Por tal motivo, el ponente, el magistrado José Francisco Ceres, acuerda no aceptar la inhibición acordada por el Juzgado de Instrucción 16 en el que recayó inicialmente la denuncia contra Barberá formulada en mayo por tres personas (un diputado socialista, el coordinador del Grupo Recuperación de la Memoria Histórica y un abogado) y devolver a dicho juzgado las diligencias para que proceda conforme a Derecho.