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El tribunal estima el recurso de apelación formulado por la propietaria del domicilio, una mujer con dos hijos, uno de ellos menor de edad y con un grado de discapacidad del 70%
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha revocado la autorización judicial de entrada en una vivienda ubicada en una parcela expropiada para la construcción del acceso ferroviario al Puerto de Castellón.
El tribunal estima así el recurso de apelación formulado por la propietaria del domicilio (una mujer con dos hijos, uno de ellos menor de edad y con un grado de discapacidad del 70%) contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Castellón el pasado 1 de julio, que autorizaba esa entrada en la vivienda por parte del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias Alta Velocidad (Adif-Alta Velocidad).
El TSJCV considera que no constan actuaciones ni el auto apelado tampoco analiza la "práctica de actuación alguna por parte de la Administración expropiante para asegurar un alojamiento familiar al menos al menor e incapaz, en situación objetiva de vulnerabilidad".
De este modo, la Sala de lo Contencioso del Alto tribunal valenciano concluye que la ocupación forzosa de la vivienda fue autorizada "sin realizar el debido juicio de ponderación y sin adoptar las cautelas oportunas en materia de protección del menor e incapaz, ya por la Administración ya por el juzgado autorizante".
La sentencia, que revoca por consiguiente el auto del juzgado, no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.