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La sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana declara la adecuación a derecho de la norma autonómica recurrida
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV ha desestimado el recurso de la Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos de Valencia, contra diversos enunciados normativos de la Orden 7/2016, de 19 de abril, de la Conselleria de Educación, que regula la admisión del alumnado en los centros de Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana.
La sentencia del Alto Tribunal valenciano, notificada hoy a las partes, declara la adecuación a derecho de la norma autonómica recurrida. El Tribunal condena a la parte demandante a pagar las costas procesales, que ascienden a 3.500 euros. La sentencia no es firme y cabe recurso.