Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Carlos Fabra recibió cuatro entregas de dinero entre 2010 y 2013, que se comprometió a devolver antes del final de diciembre de 2014. La jueza de Instancia 4 le condena a devolver la deuda más 8.000 euros en concepto de intereses
El juzgado de Primera Instancia número 4 de Castellón ha condenado al expresidente de la Diputación, Carlos Fabra, a abonar la cantidad de 360.000 euros más intereses a un piloto profesional de motos que le prestó dicha cantidad entre los años 2010 a 2013.
La sentencia también establece el pago de los intereses de demora, pactados por ambas partes en un 0,50% anual más euribor, que ascienden a más de 8.000 euros.
La sentencia establece que el deportista prestó al expolítico dicha cantidad a través de cuatro entregas. Así, en 2010 le dio 125.000 euros, en 2011, 150.000 euros, en 2012 le proporciono 25.000 euros y finalmente en 2013, el piloto le entregó 60.000 euros. Según la sentencia, Fabra se comprometió a devolver el total de la cantidad antes del 31 de diciembre de 2014.
Según la jueza, el piloto intentó llegar a un acuerdo extrajudicial con el expresidente de la Diputación para recuperar el dinero, pero 'los resultados fueron infructuosos, por lo que la parte demandante se ha visto en la necesidad de interponer la demanda'.
Además, en la resolución se explica que el demandado 'ha hecho caso omiso a las reclamaciones extrajudiciales'.
Una vez admitida a trámite la demanda, se dio traslado a la parte demandada para que contestara en el plazo de 20 días, 'lo que no hizo por lo que la parte fue declarada en situación procesal de rebeldía'. Finalmente, el 31 de marzo de 2016 se señaló la audiencia pública, en la que compareció únicamente el piloto, quien se ratificó en su demanda, reclamación que el Juzgado, ante la falta de oposición, estima en su integridad.