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Les condena a seis meses de prisión, multa de 12 meses con una cuota diaria de 5 euros y la demolición de la piscina
La Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un matrimonio por un delito contra la ordenación del territorio a la pena de seis meses de prisión y multa de 12 meses con una cuota diaria de 5 euros por ampliar su vivienda y construir una piscina en suelo no urbanizable. Asimismo, deberán demoler la piscina en el plazo de tres meses, excluyendo la obligación –tal y como señalaba el fallo de la sentencia de instancia- de demoler la segunda planta de la vivienda.
La sentencia relata que la condenada era propietaria de dos parcelas en la localidad de Almazora, una de ellas con una alquería edificada de unos 70 metros cuadrados, y ambas de suelo no urbanizable y de protección agrícola. Junto a su marido, proyectó la reforma y actualización de la alquería, decidiendo edificar una segunda planta superficie similar. Además, pensaron en demoler una vieja balsa de riego y construir en su lugar una piscina de 14 metros de longitud por 10 de anchura, que vallaron, así como una caseta para albergar la depuradora.