Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Condenado a seis años y nueve meses de prisión por violar a su hermano discapacitado. La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia aprecia la eximente incompleta de alteración psíquica para el penado, que padece una enfermedad mental
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una pena de prisión de seis años y nueve meses por un delito de agresión sexual con acceso carnal, prevalimiento y abuso se situación de vulnerabilidad a un hombre que violó a su hermano, una persona con discapacidad, en el aseo de la casa familiar en la que ambos residían.
La Sala contempla en la pena la eximente incompleta de alteración psíquica, ya que el condenado tiene diagnosticado un trastorno mental cuya medicación, unida a la ingesta de alcohol y otras sustancias que previsiblemente tomó el día de los hechos, afectaron a la capacidad de controlar sus impulsos cuando los cometió.
El hombre, que no podrá acercarse ni comunicarse con su hermano durante diez años, deberá además indemnizarle con 10.000 euros por los daños morales y físicos que sufrió a consecuencia de la agresión.
Según el relato de hechos probados de la sentencia, la violación se produjo en la tarde del 16 de mayo de 2018, en la vivienda familiar, cuando el condenado aprovechó que se hallaba a solas con el perjudicado para meterlo en el baño de un empujón y forzarle sexualmente.
El agredido, que tenía plena confianza en el penado debido a la relación de parentesco que los une, tiene reconocida una discapacidad del 68% física y mental.