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El tribunal considera que la pareja no ha acreditado un estado de necesidad que pueda ser considerado como eximente o atenuante
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a una pareja a pagar una multa de 1.080 euros por ocupar durante varios años una vivienda de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) en Ondara.
La Sala desestima así su recurso contra la sentencia del Juzgado de Instrucción 3 de Denia que les condenó por un delito leve de usurpación.
El tribunal considera que la pareja no ha acreditado un estado de necesidad que pueda ser considerado como eximente o atenuante, motivo por el que, además de la multa, les condena a desalojar la vivienda de forma inmediata.