Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
La mascota, un cachorro, carecía de comida, agua, sombra y contrajo la parvovirosis. La Audiencia de Alicante confirma la sentencia por delito de maltrato animal dictada por un juzgado de lo Penal
La Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la condena de tres meses de cárcel impuesta a una mujer por un delito de maltrato animal después de que perro, un cachorro de unos cinco o seis meses de edad de la raza American Staffordshire, falleciera a causa de la falta absoluta de cuidados.
La mascota, que estaba famélica y deshidratada, murió el 2 de Agosto de 2016, sin que los veterinarios que intentaron socorrerla pudieran hacer nada por su vida.
El cachorro vivía en el patio de una vivienda de la localidad de San Vicente del Raspeig que su dueña había ocupado, en condiciones de insalubridad, sin agua, comida ni zonas de sombra o cobijo.
Tampoco había recibido las vacunas obligatorias, sufría diarreas con sangre y acabó contrayendo la enfermedad de la parvovirosis.
El Juzgado de lo Penal número 5 de Alicante reflejó en la sentencia ahora confirmada que la acusada llevaba “una vida desordenada” y estaba “en ocasiones ebria o bajo el efecto de sustancias”.
Además de condenarla a tres meses de prisión, el juzgado le impuso una inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión, oficio o comercio relacionado con los animales.
La Sección Tercera de la Audiencia de Alicante ha ratificado ahora dicho fallo tras desestimar el recurso de apelación interpuesto por la penada.
El Tribunal considera correcta la aplicación en este caso del artículo 337 del Código Penal en virtud de la jurisprudencia existente, pues dicho precepto castiga a quien dispense a cualquier animal doméstico “un “maltrato injustificado por cualquier medio o procedimiento, lo que incluye también la comisión por omisión”.
La Sala entiende que la conducta de la acusada “evidencia” una “absoluta desatención y la falta de los más elementales cuidados en un animal respect del cual la apelante tenia la posición de garante”.