Las Audiencias Provinciales de la Comunidad Valenciana celebran los sorteos bienales para designar a 11.500 candidatos a jurado popular para los juicios de 2027 y 2028

Alicante han tenido lugar este jueves y el de Castellón se hará el próximo lunes

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Comunicación Poder Judicial
Imagen del sorteo celebrado hoy por la Audiencia Provincial de Valencia en la Ciudad de la Justicia de la capital. En la imagen, de izquierda a derecha, aparecen Javier Muñoz, delegado provincial de la Oficina del Censo Electoral de Valencia, Evaristo García, secretario de la Oficina del Jurado y director del Servicio Común de Tramitación de la Audiencia de Valencia, y José Manuel Ortega, presidente de la Audiencia de Valencia
Imagen del sorteo celebrado hoy por la Audiencia Provincial de Valencia en la Ciudad de la Justicia de la capital. En la imagen, de izquierda a derecha, aparecen Javier Muñoz, delegado provincial de la Oficina del Censo Electoral de Valencia, Evaristo García, secretario de la Oficina del Jurado y director del Servicio Común de Tramitación de la Audiencia de Valencia, y José Manuel Ortega, presidente de la Audiencia de Valencia

Las Audiencias Provinciales de Alicante, Castellón y Valencia celebran durante la segunda quincena de este mes sus respectivos sorteos bienales para designar a un total de 11.500 personas candidatas a formar parte de un jurado popular en los juicios que se celebrarán por este procedimiento durante los años 2027 y 2028.

Los sorteos de las Audiencias de Valencia y Alicante para elegir a 5.000 y 4.500 candidatos, respectivamente, han tenido lugar este jueves, 17 de septiembre, mientras que el de Castellón, para la designación de otros 2.000, se llevará a cabo el próximo lunes, día 21.

El método de elección para configurar las listas de candidatos de forma aleatoria, a partir del censo electoral de cada provincia, está regulado en el artículo 13 de la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado.

El sorteo se efectúa con un ordenador, utilizando una combinación matemática que garantiza la aleatoriedad. El programa facilita la lista a través de combinaciones numéricas. No se visualizan nombres ni ningún otro dato que permita la identificación de los ciudadanos elegidos.

La Ley dispone que la función de jurado tiene la consideración de cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, a los efectos del ordenamiento laboral y funcionarial.

Tras el sorteo, se envía una comunicación postal a los elegidos para que sepan que forman parte de la lista de candidatos a formar parte de un jurado popular en la Audiencia de su provincia.

Los ciudadanos designados, sin embargo, puedan presentar alegaciones, en caso de que les afecte alguna de las situaciones de incompatibilidad, incapacidad o excusa que recoge el artículo 8 de la Ley del Jurado.

A partir de aquí, serán los presidentes de los Tribunales de Instancia de los diferentes partidos judiciales a los que pertenezcan los municipios de los que son vecinos esos candidatos quienes resuelvan las reclamaciones que presentadas. Posteriormente, se dará cuenta a las Oficina del Censo de cada provincia, que depurarán las listas iniciales.

Una vez confeccionadas, las listas definitivas son comunicadas a la presidencia de cada Audiencia Provincial, a la presidencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y a la Sala de Lo Penal del Tribunal Supremo.

Los ciudadanos incluidos en esas listas definitivas podrán ser convocados de esta manera para formar parte de cualquier juicio con tribunal popular que se celebre durante los años 2027 y 2028.

Para cada juicio con jurado se vuelven a sortear, y son escogidos de la bolsa de candidatos ya depurada, 36 personas, que igualmente pueden volver a presentar alegaciones y excusas para participar en ese procedimiento concreto.

Finalmente, el día de comienzo del juicio se convoca a, al menos, 20 de esos 36 candidatos iniciales. Finalmente, resultarán seleccionados para formar parte del jurado popular nueve titulares y dos suplentes