La Sala de Gobierno del TSJCV acuerda que una alerta roja meteorológica justifica la incomparecencia en una actuación jurisdiccional
El órgano de gobierno de los jueces ha emitido esta comunicación a raíz de la alerta roja por lluvias decretada para el litoral sur de la provincia de Alicante a partir de las 10 horas de mañana, viernes, 10 de octubre de 2025
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- Comunicación Poder Judicial
La Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) se ha reunido esta tarde de urgencia y ha dictado un acuerdo en el que establece que una alerta roja meteorológica constituye por sí sola una justificación de la incomparecencia en una actuación jurisdiccional.
El órgano de gobierno de los jueces ha emitido esta comunicación a raíz de la alerta roja por lluvias decretada para el litoral sur de la provincia de Alicante a partir de las 10 horas de mañana, viernes, 10 de octubre de 2025.
El contenido literal del acuerdo es el siguiente:
Visto que, en el día de hoy, se ha tenido conocimiento de la Alerta Roja decretada por la Agencia de Seguridad y Emergencias para el litoral sur de Alicante a partir de las 10:00h del día 10/10/25, por lluvias de Nivel Rojo, y para esos puntos geográficos de la Comunidad Valenciana que puedan verse afectados y las prevenciones que al efecto ha dictado la Generalitat Valenciana.
Vistas las recomendaciones consecuencia de dicha declaración y considerando que, según las citadas comunicaciones, estas recomendaciones se mantendrán hasta la finalización de la situación de emergencia declarada, y en aplicación del Protocolo de gestión de situaciones de crisis que afecten al ámbito judicial de la Comunidad Valenciana aprobado por la Sala de Gobierno del TSJ CV, así como de otros protocolos, planes vigentes y normativas de aplicación.
Considerando esta Sala de Gobierno que le habilitan las competencias que tiene atribuidas, y en orden a adoptar las medidas oportunas encaminadas a salvaguardar la seguridad de las personas y la prestación del servicio público, acuerda por unanimidad emitir el comunicado siguiente:
1.- Esta Sala de Gobierno considera que, ante el riesgo evidente para las personas derivado de la situación meteorológica, no existe obligación alguna de desplazarse cuando concurran las dificultades mencionadas. La Alerta Roja decretada por la AEMET constituye, por sí misma, una justificación suficiente para presumir la imposibilidad material de acudir a las actuaciones jurisdiccionales o procesales que deban celebrarse en las zonas afectadas, o cuando sea necesario transitar por ellas.
En consecuencia, la innecesaridad o dispensa de desplazarse a las sedes judiciales se extiende a todas las personas que deban intervenir en una actuación jurisdiccional o procesal —ya se trate de personal judicial, del Ministerio Fiscal, de Letrados de la Administración de Justicia, de otro personal al servicio de la Administración de Justicia siempre conforme a las decisiones de sus superiores jerárquicos, o, especialmente, de cualquier profesional o ciudadano— siempre que exista cualquier tipo de dificultad o riesgo al desplazarse por zonas en alerta roja.
En tales supuestos, bastará, a estos efectos, una simple comunicación al órgano jurisdiccional manifestando la imposibilidad o dificultad de desplazamiento para justificar la suspensión de la actuación; e incluso, cuando ni siquiera ello resulte posible, la mera incomparecencia deberá entenderse causa suficiente para acordar dicha suspensión.