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La sala de apelaciones del TSJ de Cataluña ha confirmado la condena de un año de prisión impuesta por la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona por el delito de desórdenes públicos agraviados a un acusado por hechos ocurridos en Barcelona en 2018 por altercados entre dos manifestaciones celebradas en la ciudad.
El tribunal considera que: “en el presente caso, dirimida la inexistencia de contradicciones entre las declaraciones y el atestado, las declaraciones policiales de quienes han depuesto en juicio, las declaraciones testificales se refieren a hechos que los policías han presenciado de forma directa, valorados conjuntamente por la sala con la prueba documental videográfica, el tribunal de instancia ha efectuado una labor integradora en el análisis de la prueba practicada que evidencia la confirmación de la hipótesis acusatoria, sin que a ello se haya opuesto principio de prueba alguno para desvirtuar la conclusión alcanzada. El motivo no puede tener acogida”.