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Admitir la medida cautelar alteraría su marco normativo
La sección 5ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Cataluña ha desestimado el recurso interpuesto contra el decreto 175/2018 aprobado por el Gobierno de la Generalitat sobre el régimen electoral de las Cámaras de Comercio.
Junto a este recurso se solicitaron las medidas cautelares para suspender la vigencia de a norma impugnada donde se eliminaba el voto por correo y este quedaba sustituido por el voto electrónico.
El TSJ considera que en el caso que se ocupa, no queda acreditado el daño para poder adoptar la medida cautelar solicitada, pues las elecciones a la Cámara de Comercio son un proceso electoral en marcha en el conjunto del Estado y admitir la medida cautelar alteraría el marco normativo de éstas.