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La sentencia del Pleno de la Sala Tercera recogerá pronunciamientos sobre la materia del propio Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional
El Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado por unanimidad, el recurso que presentó el Colegio de Periodistas de Cataluña contra el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 14 de enero de 2014 que reguló el acceso de los medios a las dependencias de los órganos judiciales.
En aquel acuerdo, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior catalán prohibió el acceso de las cámaras de televisión a los pasillos de la sedes judiciales.
El Tribunal Supremo considera que esas limitaciones no conculcan el derecho a la información, como argumentaban los recurrentes. La sentencia recogerá pronunciamientos sobre la materia del propio Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.